Sí, la Ordenanza sobre el uso de las vías y de los espacios públicos en Barcelona, acordada por el Consejo Plenario del Ayuntamiento, establece en el artículo 63.1.e) que, llevar a cabo prácticas abusivas, discriminatorias o degradantes hacia personas o animales en las vías públicas de Barcelona constituye una infracción, estableciéndose una multa de hasta 1800€, puesto que tiene consideración de infracción muy grave.