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Fecha de resolución
La responsabilidad es objetiva respecto a los daños causados por animales de aprovechamientos cinegéticos, según la actual Ley de caza de Galicia (art. 62.2), salvo que el daño haya sido debido a culpa o negligencia de quien haya sufrido el perjuicio o de un tercero ajeno a quien es titular de la explotación o por causa de fuerza mayor. La carga de la prueba de la causa de exoneración recae en los titulares de los aprovechamientos cinegéticos.
Tipo
Jurisprudencia
Ámbito
Lugar